EN ALGETE, LOS MENORES DE 15 AÑOS NO PODRÁN IR EN PATINETE ELÉCTRICO

EL AYUNTAMIENTO APRUEBA NUEVAS PROHIBICIONES Y RESTRICCIONES, CON MULTAS DE 200 EUROS POR DETERMINADAS INFRACCIONES Y CASCO Y CHALECO REFLECTANTE OBLIGATORIOS

El Ayuntamiento de Algete ha aprobado definitivamente una nueva ordenanza municipal que regula la utilización de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP). Entre las medidas más destacadas figura la prohibición de conducir estos vehículos a los menores de 15 años por las vías públicas del municipio.

La nueva normativa establece una edad mínima obligatoria de 15 años, independientemente de que el menor utilice casco, chaleco reflectante o cualquier otro elemento de protección.

Inicialmente, el Ayuntamiento había planteado fijar la edad mínima en 16 años, aunque posteriormente la rebajó a 15 tras el periodo de alegaciones. También se propuso permitir su utilización desde los 14 años, una posibilidad que finalmente fue rechazada.

CASCO Y CHALECO REFLECTANTE OBLIGATORIOS

La ordenanza establece que todos los conductores de patinetes eléctricos deberán utilizar casco homologado y chaleco reflectante homologado.

Esta última obligación se aplicará también durante el día, independientemente de las condiciones de visibilidad, lo que supone una exigencia adicional para quienes utilizan estos vehículos en sus desplazamientos cotidianos.

RESTRICCIONES PARA CIRCULAR POR ALGETE

Los patinetes eléctricos únicamente podrán circular por calzadas cuya velocidad máxima permitida sea de 30 kilómetros por hora o inferior, así como por carriles bici, ciclocalles y pistas destinadas a bicicletas.

En las vías compartidas de plataforma única, la velocidad deberá ser inferior a 20 kilómetros por hora cuando exista separación entre peatones y vehículos, y a 15 kilómetros por hora cuando no exista dicha separación.

También queda prohibida su circulación por aceras, zonas peatonales, túneles urbanos y carriles reservados al transporte público.

Además, los patinetes deberán utilizarse de manera individual, sin transportar pasajeros, y estará prohibido conducir utilizando auriculares o teléfonos móviles.

MULTAS Y POSIBLE INMOVILIZACIÓN DE LOS VEHÍCULOS

La normativa incorpora un régimen de infracciones y sanciones para quienes incumplan las obligaciones establecidas.

Determinadas infracciones de tráfico relacionadas con el uso de estos vehículos, como conducir utilizando el teléfono móvil o auriculares, pueden suponer multas de 200 euros, de acuerdo con la normativa general de tráfico.

La ordenanza también contempla medidas relacionadas con la inmovilización temporal de vehículos, una cuestión que fue objeto de alegaciones durante su tramitación.

El Ayuntamiento justifica estas medidas por la necesidad de mejorar la seguridad vial, proteger a los peatones y facilitar la actuación de la Policía Local.

UNA REGULACIÓN QUE PLANTEA INTERROGANTES SOBRE LA MOVILIDAD

Más allá de las medidas de seguridad, la nueva ordenanza plantea algunas cuestiones sobre las posibilidades reales de desplazarse en patinete eléctrico por Algete.

La limitación de circulación a determinadas calles y vías autorizadas hace especialmente relevante conocer si el municipio dispone de suficientes itinerarios seguros y conectados para utilizar estos vehículos como medio de transporte habitual.

También cabe preguntarse si las nuevas restricciones irán acompañadas de mejoras en las infraestructuras destinadas a la movilidad personal o si la actuación municipal se centrará principalmente en establecer obligaciones, prohibiciones y sanciones.

En cualquier caso, los menores de 15 años serán uno de los colectivos directamente afectados por la nueva regulación, al quedar excluidos de la conducción de patinetes eléctricos en las vías públicas de Algete, aunque cuenten con autorización de sus padres y utilicen las correspondientes medidas de protección.


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