Los esclavos de UBER eats y GLOVO tendrán derechos laborales gracias a la “ley riders”

Un repartidor de Glovo durmiendo en un cajero automático.

La precariedad de los ‘riders’ disparó el alquiler ilegal de perfiles personales de repartidor pues a este mercado negro en las cuentas de los ‘rider’ suelen recurrir personas migrantes sin permiso de residencia y otras que necesitan desesperadamente dinero para poder vivir. De hecho, en la red es fácil encontrar a personas que buscan alquilar una cuenta de Uber eats o Glovo.

UN TRABAJADOR DESMONTA A QUIENES ESTÁN EN CONTRA DE LA LEY RIDERS

La muerte de un motorista de 48 años que trabajaba para una empresa de reparto volvió a poner el foco en la precariedad que sufren estos trabajadores. Concretamente, el fallecimiento se produjo la noche de un domingo domingo en el distrito de Arganzuela de Madrid, cuando el conductor chocaba contra un camión de basura a las 23:30.

El hombre portaba una mochila amarilla de Glovo, aunque desde la compañía aseguraron que el fallecido no estaba registrado ni operativo en la aplicación, unas declaraciones que abrían la puerta a que el fallecido hubiese alquilado la cuenta que pertenecía a otro titular o que estuviera repartiendo con otra empresa, pero utilizando la mochila de Glovo (ya que los repartidores tienen que pagarla y los que trabajan para varias empresas utilizan siempre la misma para no tener que gastarse el dinero doblemente).

Desde la plataforma Riders x Derechos aseguran a Público que son conocedores de que ha habido muchos más accidentes entre los repartidores, pero que las familias no han querido hacerlos públicos.

Ahora con la nueva ley Riders, las empresas tienen tres meses para adaptarse a la nueva medida, aprobada el martes en un decreto ley.

El Consejo de Ministros aprobó el martes el decreto ley que establece la condición de asalariados para los repartidores de plataformas digitales, los llamados “riders”, y que da un plazo de tres meses para que las empresas se adapten a esa medida.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha dicho que se trata de un “importantísimo avance que se va a producir en los derechos laborales de los trabajadores que se dedican al reparto en las llamadas plataformas digitales”.

El pasado 10 de marzo, el Ministerio de Trabajo, los sindicatos CCOO y UGT y las patronales CEOE y Cepyme cerraron un acuerdo para la ley que fija la condición de asalariados de los repartidores autónomos que trabajan para plataformas digitales.

Ley Rider: Relación laboral

La vicepresidenta tercera y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha explicado que la ley aprobada parte de la premisa de que los trabajadores que desempeñan su tarea en las plataformas digitales son laborales, por lo que tienen todos los derechos que recoge el Estatuto de los Trabajadores, relativos a la organización, sindicación, protección social, cotizaciones y salario.

La norma modifica así el Estatuto de los Trabajadores y determina la presunción de laboralidad de las actividades de reparto o distribución de cualquier tipo de producto o mercancía a través de la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo a través de una plataforma digital.

La ministra ha elogiado la “labor encomiable” desempeñada por la Inspección de Trabajo que, con unos recursos recortados, ha logrado regularizar a 16.794 trabajadores y detectar 540 infracciones, con un impacto económico de 29 millones de euros.

Esta norma va a “va a cambiar el signo de los tiempos”, ha explicado Díaz, ya que sitúa al país a la vanguardia en este ámbito: “Por primera vez el Mundo está mirando a España por esta regulación.

Diferentes opiniones entre las plataformas

Las plataformas digitales de reparto Deliveroo, Glovo, Stuart y Ubereats han cargado contra la “Ley Rider 2021” por considerar que pone “en riesgo” el desarrollo del sector, mientras que Just Eat ha salido en su defensa.

La nueva legislación ha sido duramente criticada durante los últimos meses por las empresas que optaban por trabajar con sus repartidores como autónomos en España, una opción que la legislación prohíbe de forma expresa, ya que obliga a que sean asalariados.

Por el contrario, Just Eat ya mostró su respaldo al texto y ha recordado que en su caso utiliza un modelo mixto al contar con una flota propia de “riders” en plantilla, a los que suma la externalización de este servicio a través de subcontratas especializadas en reparto.

UrbanMadridNews@gmail.com

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